SE APRUEBA LISTADO DEFINITIVO DE OPERADORES DE IMPORTANCIA VITAL

El 17 de diciembre, la Agencia Nacional de Ciberseguridad (ANCI) publicó en el Diario Oficial el listado de Operadores de Importancia Vital (OIV), correspondiente al primer proceso de calificación, iniciado mediante resolución exenta N° 24 de 2025.

La ANCI consideró 915 instituciones dentro de los siguientes sectores estratégicos que han sido calificadas por la autoridad como criticas para el funcionamiento de la ciberseguridad de nuestro país:

  1. Órganos de la Administración del Estado.
  2. Empresas del Estado y del sector estatal.
  3. Instituciones que proveen servicios de generación, transmisión o distribución eléctrica, y el Coordinador Eléctrico Nacional.
  4. Instituciones que proveen servicios de telecomunicaciones.
  5. Instituciones que realizan actividades de infraestructura digital, servicios digitales y servicios de tecnología de la información gestionados por terceros.
  6. Instituciones que realizan actividades de banca, servicios financieros y medios de pago.
  7. Instituciones que realizan prestación institucional de salud.

Las instituciones con calificación como OIV deberán cumplir con una serie de obligaciones reforzadas, con multas aplicables por infracciones a la Ley Marco hasta las 40.000 UTM.

Las instituciones que fueron calificadas como OIV pueden impugnar la decisión de la ANCI, presentando un recurso administrativo de reposición, plazo que vence el 24 de diciembre de 2025, o presentar un recurso de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones de Santiago o la del lugar del domicilio del reclamante, en un plazo de 15 días hábiles siguientes a la notificación de la resolución.