REGISTRO ESPECIAL DE OPERADORES LOCALES DE PLATAFORMAS DIGITALES DE BIENES DE BAJO VALOR

El Servicio de Impuestos Internos mediante la Resolución Exenta N°176 de 2025, se refiere a la creación del Registro Especial de Operadores Locales de Plataformas Digitales que intermedian en la venta remota de bienes de bajo valor y fija su procedimiento.

Esta Resolución se refiere a las ventas remotas de bienes corporales muebles situados en el extranjero, con destino a Chile y cuyo valor no exceda de USD500, efectuadas entre vendedores no domiciliados ni residentes en Chile y compradores no contribuyentes de IVA. Dichos operadores de plataformas digitales con domicilio o residencia en Chile que autoricen o procesen el pago de dichas operaciones deben inscribirse obligatoriamente a dicho registro, aún cuando los vendedores se encuentren acogidos a regímenes simplificados, la inscripción va a resultar necesaria para efectos de identificar al operador como responsable del recargo, declaración y pago del IVA y para permitir la exención de IVA y derechos aduaneros.

La inscripción es a través de una petición administrativa electrónica y el incumplimiento de la obligación se inscripción es sancionado conforme al artículo 97 N°1 del Código Tributario.