GUIA CONTRATRACION DE APRENDIZ SENA – REFORMA LABORAL ley 2466 DE 2025

Teniendo en cuenta los cambios introducidos a la figura de Contrato de Aprendizaje en la Ley 2466 de 2025, otorgándole carácter laboral a tales contratos y con la expedición de la Circular 0083 del 18 julio de 2025 del Ministerio del Trabajo.

A continuación, una guía práctica de los cambios a implementar, teniendo en cuenta la etapa en la que se encuentre el aprendiz (lectiva/ práctica) así: 

A. PAGOS: 

1. Apoyo económico o de sostenimiento: 

1.1. Etapa lectiva será equivalente al 75% de un (1) SMLMV, que para este año 2025 corresponde a $1.067.625 aprox U266.9 

1.2. Etapa práctica el equivalente al 100% de un (1) SMLMV $1.423.500 aprox U355.8 

1.3. con respecto a los estudiantes universitarios, cualquiera que sea su modalidad o etapa, el apoyo de sostenimiento será el equivalente al 100% de un (1) SMLMV $1.423.500 aprox U355.8 

2. Cotización al Sistema de Seguridad Social, esto es a salud, pensión, riesgos laborales. 

2.1. Etapa lectiva la afiliación y cotización al sistema de seguridad social se realizará en salud y riesgos laborales y los porcentajes serán pagados en su totalidad por la empresa patrocinadora, sin costo alguno para el aprendiz. 

2.2. Etapa práctica, la afiliación y cotización al sistema de seguridad social se realizará en salud, pensión y riesgos laborales. El pago de la cotización se divide entre el empleador y aprendiz.

Para el pago de aportes en etapa práctica este se deberá realizar a partir del 1 de agosto de 2025. De tal manera que el equipo de Payroll estarán solicitando información para dar curso a lo señalado en la circular y la Ley 2466 de 2025. 

3. Derechos laborales 

3.1. Etapa lectiva se considera el apoyo de sostenimiento y las afiliaciones a salud y riesgos laborales. .

3.2. Etapa práctica se deben reconocer todas las prestaciones sociales (Dotación, Auxilio de transporte, Prima de servicios, Cesantías, Interés a las cesantías, Vacaciones, auxilios, Subsidio Familiar y demás emolumentos propios de un contrato de trabajo) 

Por el contrario, si no se vincula al aprendiz y se opta por la CUOTA DE MONETIZACIÓN, se deberá pagar ante el SENA: 

1. Un valor mensual de 1.5 SMLMV que corresponde a $ 2.135.250 aprox U533.8, para este año 2025 por cada aprendiz que no se vincule. 

2. Parcial: Es proporcional al número de aprendices que se dejen de hacer la práctica. Ejemplo: 

Cuota fijada por el SENA 5 aprendices 

Tengo 2 con vinculación de estudiantes y 3 como monetización. 

Así las cosas, por monetización debe de pagar para este año 2025 la suma total de $6.405.750 aprox U$ 1.601.

Es 1.5 SMLMV que corresponde a $ 2.135.250 multiplicado por 3 como cuota a monetizar. 

B. CONTRACTUAL, se debe realizar Otro si al contrato que está desarrollando el estudiante ajustando los pagos de apoyo de sostenimiento o económico.