EMIRATOS ÁRABES UNIDOS COMO RÉGIMEN FISCAL PREFERENCIAL

El Servicio de Impuestos Internos mediante el Oficio N°1612 resuelve una solicitud de consideración sobre la fecha de exclusión de Emiratos Árabes Unidos de la lista de territorios considerados como de régimen fiscal preferencial en conformidad al artículo 41 H de la LIR, y debida consideración que este país asumió compromisos formales con la OCDE.

Al respecto, el Servicio de Impuestos Internos concluye que, para efectos de la LIR, Emiratos Árabes Unidos no tiene un régimen fiscal preferencial, desde el día 28 de abril del año 2022.