PROCEDIMIENTO PARA ACUERDOS ANTICIPADOS DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA EN IMPORTACIONES

El Ministerio de Hacienda mediante la Resolución Exenta N°204 de 2026, fijó el procedimiento para tramitar solicitudes de acuerdos anticipados de precios de transferencia cuando se trate de operaciones que involucren importaciones de mercancía entre partes relacionadas (Artículo 41 E N°7 de la LIR).

Dicha resolución establece que las solicitudes deberán presentarse al Servicio de Impuestos Internos, el cual coordinará el procedimiento y deberá actuar junto con el Servicio Nacional de Aduanas. Se contempla una etapa opcional de consulta previa y se fijan los antecedentes que se deben presentar, entre ellos un estudio de precios de transferencias. Ambos Servicios deberán pronunciarse dentro del plazo de 12 meses desde que se presentan los antecedentes íntegramente, en caso se aprobarse, se suscribe una acta de acuerdo que fija anticipadamente el precio de la operación, la cual impedirá que ambos Servicios determinen diferencias de impuestos respecto de la operación.