
NUEVA LEY DE FORTALECIMIENTO DEL MINISTERIO PÚBLICO
Con fecha 01/04/2026 se publicó en el Diario Oficial la Ley N° 21.812, la cual modifica diversos cuerpos legales con el objetivo de fortalecer el Ministerio Público, instaurar nuevos sistemas de control, reestructurar unidades internas y modificar el sistema de incentivos del personal.
Esta nueva normativa introduce cambios profundos en la Ley N° 19.640 (Orgánica Constitucional del Ministerio Público) y la Ley N° 20.240 (Incentivos al desempeño), destacando los siguientes pilares:
1. Probidad, Integridad y Supervisión Interna
Se crea una nueva estructura de control para garantizar la transparencia y la probidad en el ejercicio de la persecución penal:
- División de Probidad e Integridad y Auditoría Interna: Tendrá por objeto prevenir y detectar delitos o conductas contrarias a la probidad dentro de la institución.
- Oficial de Cumplimiento: Estará a cargo de la Unidad de Integridad, con plena autonomía e independencia para reportar directamente al Fiscal Nacional y gestionar el canal de denuncias interno.
- Registro Público de Resoluciones: El Ministerio Público deberá mantener una plataforma electrónica actualizada con las instrucciones generales impartidas por el Fiscal Nacional y los Fiscales Regionales.
- Sistema de Supervisión de la Persecución Penal: Se crea una unidad dedicada a velar por la calidad y oportunidad de la persecución penal, mediante un plan anual de supervisión.
- Evaluaciones Externas: El funcionamiento de la institución será evaluado cada tres años por una entidad externa bajo criterios de eficiencia y calidad.
2. Atención a Víctimas y Testigos
La ley robustece la protección y el acompañamiento, especialmente en casos de alta sensibilidad:
- Asesoría en Delitos Graves: Se establece un catálogo de delitos (como violencia sexual y terrorismo) donde la División de Atención a las Víctimas debe prestar asesoría especializada.
- Contacto Inmediato: En delitos de violencia sexual, el Ministerio Público deberá contactarse con la víctima en un plazo máximo de 24 horas para entregar orientación.
3. Modificación del Sistema de Incentivos (Bonos Colectivos)
Se produce un cambio en la naturaleza de los beneficios pecuniarios por desempeño:
- De Individual a Colectivo: Se reemplazan los bonos por desempeño individual por bonos por desempeño colectivo, basados en el cumplimiento de metas anuales de cada fiscalía regional y de la Fiscalía Nacional.
- Umbrales de Cumplimiento:
- Para acceder al 100% del componente variable (2,3%), la fiscalía respectiva debe alcanzar al menos un 90% de cumplimiento de sus metas.
- Si el cumplimiento es inferior al 90% pero igual o superior al 75%, el bono será del 1,15%.
- Cumplimientos inferiores al 75% no darán derecho al beneficio.
4. Fortalecimiento de la Dotación y Gestión de Personas
- Incremento de Planta: Se establece un aumento gradual de la dotación, que incluye 70 nuevos cargos de Fiscales Adjuntos de forma inmediata, alcanzando un total de 205 nuevos fiscales en un plazo de 37 meses.
- Permutas: Se autoriza el sistema de permutas de cargos entre distintas fiscalías regionales, previo cumplimiento de requisitos y consulta a los Fiscales Regionales.
- Unidades Especializadas: Se dispone la creación de unidades para la investigación de delitos de la Ley de Drogas (Ley 20.000), búsqueda de activos y responsabilidad penal adolescente.
5. Normas sobre Adquisiciones y Reserva
Se establece el carácter de reservado para las adquisiciones de bienes y servicios destinados a:
- Actuaciones de investigación y herramientas tecnológicas de análisis criminal.
- Medidas de seguridad para fiscales, funcionarios, víctimas y testigos.
- El Fiscal Nacional deberá remitir informes semestrales reservados de estas compras a la Cámara de Diputados y al Ministerio de Hacienda.



