METODOS DE DETERMINACIÓN DE VALOR DE INTANGIBLES

El Servicio de Impuestos Internos mediante el Oficio N°1801 precisó que para determinar el valor normal de mercado de activos intangible en conformidad al artículo 64 del Código Tributario, puedes considerarse todas las circunstancias relevantes, sin limitarle a lo señalado expresamente por la norma.

El Servicio señaló que es posible recurrir al análisis de funciones DEMPE (Desarrollo, Mejora, Mantenimiento, Protección y Explotación) contenido en las Directrices de la OCDE sobre precios de transferencia para sustentar la valorización de intangibles, la cual se deberá evaluar en el caso concreto en los procesos de fiscalización, considerando las características especiales de la operación.