
ENTRADA EN VIGOR CON LA REPÚBLICA ORIENTAL DE URUGUAY Y LA REPUBLICA DEL PARAGUAY DEL SEXAGÉSIMO NOVENO PROTOCOLO ADICIONAL AL ACUERDO DE COMPLEMENTACIÓN ECONÓMICA Nº 35, CELEBRADO ENTRE LOS GOBIERNOS DE LOS ESTADOS PARTE DEL MERCOSUR Y DE LA REPÚBLICA DE CHILE
El Acuerdo de Complementación Económica N° 35 es un tratado firmado entre estos estados para facilitar el comercio, reducir aranceles y coordinar normas comerciales.
Los protocolos adicionales son actualizaciones o ajustes al acuerdo original.
El Protocolo N° 69 en particular:
- Actualiza normas de origen: define mejor qué productos se consideran “originarios” para beneficiarse de aranceles preferenciales.
- Moderniza procedimientos: incorpora mecanismos más ágiles (como certificación de origen más flexible o digital).
- Facilita el comercio: busca reducir trabas administrativas entre Chile, Uruguay y Paraguay.
Este protocolo permite que:
Se adapten las reglas a estándares más actuales del comercio internacional.
Empresas exporten/importen con menos costos.
Se reduzcan tiempos en aduanas.



