ENTRADA EN VIGOR CON LA REPÚBLICA ORIENTAL DE URUGUAY Y LA REPUBLICA DEL PARAGUAY DEL SEXAGÉSIMO NOVENO PROTOCOLO ADICIONAL AL ACUERDO DE COMPLEMENTACIÓN ECONÓMICA Nº 35, CELEBRADO ENTRE LOS GOBIERNOS DE LOS ESTADOS PARTE DEL MERCOSUR Y DE LA REPÚBLICA DE CHILE

El Acuerdo de Complementación Económica N° 35 es un tratado firmado entre estos estados para facilitar el comercio, reducir aranceles y coordinar normas comerciales.

Los protocolos adicionales son actualizaciones o ajustes al acuerdo original.

El Protocolo N° 69 en particular:

  • Actualiza normas de origen: define mejor qué productos se consideran “originarios” para beneficiarse de aranceles preferenciales.
  • Moderniza procedimientos: incorpora mecanismos más ágiles (como certificación de origen más flexible o digital).
  • Facilita el comercio: busca reducir trabas administrativas entre Chile, Uruguay y Paraguay.

Este protocolo permite que:

Se adapten las reglas a estándares más actuales del comercio internacional.

Empresas exporten/importen con menos costos.

Se reduzcan tiempos en aduanas.