
ENTRADA EN OPERACIONES DEL SERVICIO DE BIODIVERSIDAD Y AREAS PROTEGIDAS
El Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas (SBAP), creado por la Ley N° 21.600, tiene por objeto la conservación de la biodiversidad y la administración del Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SNAP), integrando instrumentos de gestión y fortaleciendo el cumplimiento en materias de biodiversidad y áreas protegidas. Este organismo representa la conclusión de la reforma institucional ambiental iniciada en 2010, centralizando competencias que antes estaban dispersas en múltiples ministerios.
Así, mediante el DFL N° 2/2024 del Ministerio del Medio Ambiente, se dispone que el SBAP entró en operaciones a contar del 1 de febrero de 2026. El traspaso de personal desde la Subsecretaria del Medio Ambiente al SBAP, se formalizó mediante la publicación del Decreto Exento N° 2, del Ministerio del Medio Ambiente, publicado el 02 de febrero 2026, pero con efecto desde el 01 de febrero.
En términos generales, el SBAP es un servicio público descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, cuyo objeto es la conservación de la biodiversidad a través de la preservación, restauración y uso sustentable de genes, especies y ecosistemas. Por su parte, administra el SNAP (áreas protegidas públicas y privadas), implementa instrumentos de conservación (especies, ecosistemas, restauración) y ejerce fiscalización y sanción bajo la Ley 21.600. Su despliegue incide en titulares de proyectos por criterios más estandarizados en biodiversidad, mayor coordinación intersectorial y un enfoque de cumplimiento especializado.
Aunque el SBAP ya opera, su funcionamiento operativo en su totalidad depende de la dictación de diversos reglamentos e instrumentos complementarios. En lo estructural, se dictaron normas de implementación (p. ej., DFL N° 1/2024 sobre planta y DFL N° 2/2024; y el Decreto N° 27 que aprueba su Reglamento Orgánico). En lo funcional, se reportan los siguientes avances:
- Aprobados por el Consejo de Ministros: Entre ellos, se encuentran los Reglamentos de Compensaciones en Biodiversidad; de Áreas Degradadas; respecto del Comité Científico Asesor; de la Clasificación de Ecosistemas Amenazados; Sistema de Certificación de Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos; Registro Público de Sanciones; Plan de Corrección; y Contratos de Retribución por Servicios Ecosistémicos.
- En proceso de firma presidencial: Planes de Prevención de Especies Exóticas Invasoras, Reglamento sobre elaboración de Planes de Recuperación, Conservación y Gestión de Especies (RECOGE) y Reglamento de la Clasificación de Especies según estado de conservación.
- Pendientes en Consulta Indígena (elaboración anteproyecto): Reglamento sobre Sitios Prioritarios y Reglamento sobre Áreas Protegidas.
A partir de la entrada en vigencia del servicio, el SBAP asumirá el rol de sucesor legal de la Corporación Nacional Forestal (CONAF) respecto de la administración de las áreas silvestres protegidas del Estado, por lo que todas las actividades que se pretendan desarrollar en áreas protegidas deben ser compatibles con su plan de manejo y categoría de protección.



