En el Diario Oficial del 30 de septiembre de 2022 se publicó el  Reglamento de Establecimientos  de Larga Estadía Para Personas Mayores (ELEAM),  administrados por entidades públicas o privadas, que regula su  instalación y funcionamiento, con el objeto de velar por el cuidado de la salud y mejorar la calidad de vida y bienestar de sus residentes.

Dicho Reglamento  se refiere a materias tales como:  a)  Faculta al Servicio Nacional del Adulto Mayor, Senama, para elaborar directrices a las que se someterán los establecimientos, que deberán estar disponibles en su sitio web, como también solicitar la información que estime necesaria para el cumplimiento de sus funciones; b) Regula el procedimiento para solicitar autorización  sanitaria para el funcionamiento de un ELEAM o su modificación; c) Requisitos de Infraestructura, instalaciones y equipamiento; d)  Determinación de la Dirección administrativa, técnica y requisitos del personal; e)  Funcionamiento y protocolos de procedimiento;  y f) Fiscalizaciones y sanciones.

Deroga el DS N°14 del 2010, y otorga  a los Eleam en funcionamiento un plazo de 3 años contados desde su publicación para ajustarse a las disposiciones de este Reglamento.

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