
FUSIÓN Y USO DE CRÉDITO FISCAL IVA
El Servicio de Impuestos Internos mediante el Oficio N°1083 se pronuncia sobre un grupo empresarial de dos sociedades relacionadas que están planteándose hacer una fusión, la cual permitía a la continuadora usar el remanente del crédito fiscal, preguntando si eso se consideraría elusivo.
Al respecto el Servicio señala que la utilización del crédito fiscal no es por sí una operación elusiva, ya que puede responder a una reestructuración legítima, sin embargo, la ausencia de motivos más allá de lo tributario podría traer una revisión más profunda en fiscalizaciones, la cual evaluará la relación entre las sociedades y sus propietarios, la efectividad y volumen de las actividades con posterioridad a la fusión, si hubo otros actos que revelen los fines tributarios

