MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS DIRECCIÓN GENERAL DE AGUAS – REGIÓN DE ATACAMA CIERRE PREVENTIVO DE BOCATOMAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD EN ÉPOCA DE LLUVIAS

El 2 de junio de 2025 se publicó en el Diario Oficial la Resolución DGA (Exenta) Nº 545, de 9 de mayo de 2025, que ordena el cierre de bocatomas e impone medidas de seguridad adicionales para la operación de canales, embalses y tranques durante el periodo invernal de la Región de Atacama.

¿Qué establece esta resolución?

  • Cierre obligatorio de bocatomas a todas las organizaciones de usuarios y particulares con captaciones en cauces naturales, salvo las excepciones señaladas en el Resuelvo Nº 5.
  • El cierre rige entre el 15 de mayo y el 15 de septiembre de 2025.
  • Administradores de embalses/tranques deben asegurar que el agua almacenada y la descarga de excedentes no pongan en riesgo a terceros y mantener actualizados sus Planes de Seguridad, Operación y Emergencia conforme al D.S. 50/2015 .
  • Canales esenciales (agua potable, generación eléctrica, recarga de acuíferos y riego de cultivos de invierno) podrán operar si cumplen requisitos estrictos de control, mantención y alerta temprana.

Principales efectos

 Efecto  Detalle
Cierre Obligatorio Bocatomas cerradas del 15-may al 15-sep 2025.
Obras Mayores Embalses/tranques deben actualizar planes de seguridad y operación (D.S. 50/2015).
Operación condicionadaExcepciones solo para agua potable, energía, recarga y cultivos de invierno, cumpliendo exigencias técnicas.
Cobertura TerritorialToda la Región de Atacama.

Consecuencias de incumplimiento

  1. Procedimiento sancionatorio administrativo:

o El Servicio puede iniciar procedimientos al amparo de los arts. 172 bis y 173 del Código de Aguas, aplicando las multas allí establecidas .

  1. Multas del Juzgado de Policía Local:

o El art. 306 del Código de Aguas dispone multas de segundo a tercer grado cuando no se cumplen las medidas dentro de los plazos fijados; la denuncia puede presentarla cualquier particular, municipalidades o delegaciones presidenciales .

  1. Facultad de denuncia amplia:

o La resolución señala expresamente que el incumplimiento habilita a los perjudicados y a otros organismos públicos a denunciar según los arts. 172 bis y siguientes del Código de Aguas.

Vigencia

La resolución rige desde su publicación en el Diario Oficial (2 de junio de 2025) y ordena mantener cerradas las bocatomas entre el 15 de mayo y el 15 de septiembre de 2025 .